El Supremo niega a Villar Mir aclaraciones sobre su veto a una planta de gas

EFE

Publicado 28.06.2017 17:50

Actualizado 28.06.2017 19:10

El Supremo niega a Villar Mir aclaraciones sobre su veto a una planta de gas

Huelva, 28 jun (.).- El Tribunal Supremo ha desestimado la petición de aclaración de la sentencia que cierra la puerta a la planta de recepción, almacenamiento y regasificación de gas natural licuado que pretendía construir en la localidad de Palos de la Frontera (Huelva) el Grupo Villar Mir.

La aclaración se solicitó al entender la empresa que "el procedimiento de autorización de la planta por parte de la administración podría haber quedado suspendido por efecto del Real Decreto Ley moratoria de nuevas plantas de gas", según la sentencia.

En un auto al que ha tenido acceso Efe, el alto tribunal considera que no ha lugar a dicha aclaración, pues la petición no es sobre "algún concepto oscuro u omisión en que haya podido incurrir la sentencia", sino que se pide "un pronunciamiento de esta Sala sobre las consecuencias jurídicas que pudieran derivarse del levantamiento de la moratoria".

"Se trata de una cuestión sobre el alcance jurídico y futuro de la finalización de la moratoria y sus efectos en el recurso de alzada formulado, que excede del mecanismo de petición de aclaración", señala.

La sentencia del TS desestimaba el recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que a su vez desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por las mercantiles contra la resolución del Secretario de Estado de Energía de junio del 2012, que considera ajustada a derecho.

Esta desestimó el recurso de alzada deducido por dichas mercantiles contra la desestimación presunta por silencio administrativo de su solicitud de autorización administrativa del proyecto presentada el día 20 de diciembre del 2011, después de que contara incluso con la Declaración de Impacto Ambiental positiva del Ministerio de Medio Ambiente.

La planta cuenta no sólo con la Declaración de Impacto Medioambiental, sino también con informe favorable de la Comisión Nacional de Energía sobre la exención y propuesta de autorización administrativa.

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